• Desarrollo Juicio Monitorio

    Cuando el Juez recibe una petición inicial de juicio monitorio, y considera que se han cumplido todos los requisitos formales y de fondo en el mismo, emite un requerimiento de pago al deudor.

    Cuando el deudor haya recibido el requerimiento de pago tiene tres alternativas, lo cuál hará que el juicio monitorio desemboque en juicio ejecutivo, o juicio ordinario (cuando la cantidad reclamada supera los 3.000 €) o juicio verbal (cuando la cantidad reclamada es inferior a 3.000 €):

    - La primera de las posibilidades que tiene el deudor es pagar, evitando así molestos y costosos procedimientos judiciales

    - La segunda es comparecer ante el juzgado sin oponerse a que tenga dicha deuda, en cuyo caso habría que entrar en un procedimiento de ejecución forzosa de sentencias judiciales.

    - Si el deudor se opone al pago, el juicio monitorio desembocará en un juicio ordinario (cuando la cantidad supera los 3.000 €) o Juicio Verbal (si la cantidad es inferior a 3.000 €), el cuál será un proceso judicial como todos los de reclamación de cantidades en el que habrá que estar asistido de letrado y procurador.

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